El matrimonio debe existir jurídicamente y para que esto ocurra se requiere en Colombia el Registro Civil de Matrimonio, es decir el documento público que prueba la existencia de la unión conyugal. Sin él no se puede demostrar ante las autoridades administrativas o judiciales que se encuentra casado o con algún vínculo matrimonial.
En el país se registran los matrimonios religiosos, entendidos como los católicos y los de aquellas religiones que hayan celebrado convenio de derecho público interno o concordato con Estado colombiano, así como los civiles, realizados ante un juez o un notario.
El Registro Civil de Matrimonio puede ser solicitado por cualquiera de los contrayentes o por algún ciudadano, quien debe presentar su cédula de ciudadanía para realizar el trámite.
En el momento que se dé la unión los nuevos esposos, éstos deben proceder a realizar el registro, el cual se inscribe con base en un antecedente o documento base en el que se certifica la unión. Si se trata de un matrimonio religioso, se debe presentar la partida eclesiástica autenticada acompañada de la certificación de competencia del párroco que lo celebró, o acta religiosa expedida por la iglesia o congregación en donde se haya realizado la unión, acompañada de la certificación auténtica de la arquidiócesis que tiene competencia en el lugar donde se ofició el matrimonio.
El matrimonio civil que se realiza ante un juez o ante un notario se debe protocolizar en la notaría. La unión ante un juez, para su inscripción en el registro, se debe contar con el acta respectiva protocolizada por escritura pública.
Este documento tendrá en la parte superior un indicativo serial, que es un número asignado para efecto de control administrativo, sirve para llevar un orden y de esta manera ubicarlo en el archivo.
Este serial no sirve como número de identificación, pero sí para ubicación del documento cuando se solicite una copia.
El Registro Civil de Matrimonio se puede tramitar en:
- Cualquier Registraduría Auxiliar, Especial y Municipal.
- Cualquier Notaría del país.
- Los Consulados de Colombia en el exterior
El Registro Civil de Matrimonio, está compuesto por original y 2 copias.
El original debe archivarse en la oficina de registro respectiva, la primera copia se envía a la Dirección Nacional de Registro de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y la segunda copia se entrega al usuario.
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