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Los trabajadores del servicio doméstico, como cualquier otro trabajador deben estar afiliados al sistema de seguridad social. Esto quiere decir que el empleador debe afiliar al empleado/a del servicio una administradora de pensiones, a una EPS y a una ARP. El trabajador elige la EPS y la administradora de pensiones, y el empleador elige la ARP.
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