Ley de Primer Empleo 1429 de 2010 Ley de Formalización si usted vincula laboralmente nuevos empleados como: Menores de 28 años. Personas en Situación de Desplazamiento, en Proceso de Reintegración o Condición de Discapacidad. Mujeres Mayores de 40 años y que durante los últimos 12 meses hayan estado sin contrato de trabajo. Nuevos empleados que devenguen menos de 1.5 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Podrá beneficiarse al tomar los aportes al sena, ICBF y cajas de compensación familiar, así como el aporte en salud a la subcuenta de solidaridad del Fosyga y el aporte al Fondo de Garantía de Pensión Mínima correspondientes a los nuevos empleos, como descuento tributario para efectos de la determinación del impuesto sobre la Renta y Complementarios.
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